Medicina Laboral-Consultora BL

Medicina Laboral

En CONSULTORA BL nos dedicamos a proporcionar soluciones para las empresas, cualquiera sea su especialidad y tamaño.
Le ayudamos a crecer. Trabajamos para que nuestros Clientes tomen las decisiones correctas, optimicen su gestión y maximicen su negocio.
Rapidez, Tecnología , Calidad y Soporte de la Productividad son pilares de nuestro servicio.
Los objetivos de un Servicio de Medicina Laboral son dar apoyo a los componentes de la empresa, preservando la salud y mejorando las condiciones laborales del trabajador, disminuir las tasas de ausentismo, enfermedad, accidentología y de conflictos gremiales, optimizar la productividad de la mano de obra y los estándares de producción de la empresa.

El cuidado de estos aspectos, aunados a una adecuada estructura operativa, garantiza la calidad de las prestaciones y la celeridad de la información, para la toma de decisiones en forma oportuna y eficiente, disminuyendo los costos y el lucro cesante de las empresas.
OBJETIVOS QUE DEBE CUMPLIR UN SERVICIO DE MEDICINA LABORAL
Los objetivos de un Servicio de Medicina Laboral son dar apoyo a los componentes de la empresa, preservando la salud y mejorando las condiciones laborales del trabajador, disminuir las tasas de ausentismo, enfermedad, accidentología y de conflictos gremiales, optimizar la productividad de la mano de obra y los estándares de producción de la empresa.

El cuidado de estos aspectos, aunados a una adecuada estructura operativa, garantiza la calidad de las prestaciones y la celeridad de la información, para la toma de decisiones en forma oportuna y eficiente, disminuyendo los costos y el lucro cesante de las empresas.

Información legal:

DECRETO 1338/96
ARTICULO 3º.- Servicios de Medicina y de Higiene y Seguridad en el Trabajo. A los efectos del cumplimiento del artículo 5º apartado a) de la Ley N’ 19.587, los establecimientos deberán contar, con carácter interno o externo según la voluntad del empleador, con Servicios de Medicina del Trabajo y de Higiene y Seguridad en el Trabajo, los que tendrán como objetivo fundamental prevenir, en sus respectivas áreas, todo daño que pudiera causarse a la vida y a la salud de los trabajadores, por las condiciones de su trabajo, creando las condiciones para que la salud v la seguridad sean una responsabilidad del conjunto de la organización.

Dichos servicios estarán bajo la responsabilidad de graduados universitarios, de acuerdo al detalle que se fija en los artículos 6º y 11º del presente.

ARTICULO 6º.- Los Servicios de Medicina del Trabajo deberán estar dirigidos por graduados universitarios especializados en Medicina del Trabajo con título de Médico del Trabajo.

Actualmente, el Ministerio de Trabajo a través de la Dirección Provincial de Salud y Seguridad está realizando auditorías, principalmente en aquellas empresas que han tenido accidentes de cierta magnitud solicitando los nombres de los Médicos del Trabajo responsables de la empresa auditada. Como resultado de tales supervisiones, se labran actas y se generan posibles sanciones.

Debe ser resaltado que el incumplimiento de los exámenes previstos en el sistema de Riesgos del Trabajo puede llegar a ser fuente de demandas, multas y/o penalidades, tanto por parte del trabajador como de la misma Aseguradora del Riesgos del Trabajo contratada, o de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. (Resolución 320/99 de la SRT)

Desde Consultora BL,ofrecemos aspectos tecnicos y estrategicos:
Modulos directos de Salud (que pueden ser contratados parcialmente o en su integralidad)

1.-Asesoramiento Medico General
2.- Vacunacion
3.- Examen previo a la transferencia de actividad
4.-Centro de capacitacion
5.-Analisis de ausentismo
6.-Consulta medica
7.- Asesoria medicolegal (especifica)
8. Análisis y Diseño de Sistemas Integrados de Salud para Empresas

1.- Asesoramiento Medico General:

Si la empresa no posee profesional propio, le resultará de suma utilidad y conveniencia contar con el servicio de un médico Asesor, el cual no necesariamente debe estar presente físicamente en la empresa, sino que también puede brindar asesoramiento desde otro lugar y en ocasiones, hasta en forma telefónica. En Consultora BL contamos con un staff de Médicos del Trabajo muy prestigioso que puede brindarle este servicio con eficiencia.

El rol fundamental del Médico Asesor consiste en mantener una interacción permanente con el Area de Recursos Humanos y los responsables de Higiene y Seguridad de la empresa.
Los objetivos del Médico Laboral se basan principalmente en llevar a cabo las siguientes actividades:

• Evaluación de los exámenes de ingreso, periódicos y egreso (personal propio y/o contratistas)
• Asesoramiento médico ante reclamos legales
• Contacto directo con la ART y/o sus prestadores. Auditoría de sus prestaciones
• Seguimiento de accidentados y/o enfermedades profesionales.
• Seguimiento de la evolución del ausentismo por enfermedad inculpable.
• Seguimiento y evaluación de casos conflictivos.
• Seguimiento y evaluación de casos críticos.
• Representacion profesional ante las autoridades provinciales y nacionales (Ministerio de Trabajo)
• Implementación de campañas de vacunación.
• Capacitación del personal operativo con el objetivo de prevenir enfermedades y preservar la salud (primeros auxilios, prevención de enfermedades, adicciones, etc.)
• Interconsultas con especialistas
• Generación de informes mensuales de gestión con porcentajes de ausentismo, evolucion mensual y anual, tipos de patologias más frecuentes, enfermedades profesionales y accidentes entre otros datos que pudieran ser requeridos especificamente por la empresa.

2.- Vacunacion-Campañas de Vacunación

Realizar una vacunación preventiva de acuerdo a las situaciones estacionales que afectan a la población en general permite disminuir fuertemente las ausencias causadas por afecciones generalmente contagiosas. Directamente este menor ausentismo mejora la productividad general de la empresa.

3.- Examenes previo a una transferencia:

De acuerdo con la Resolución N° 37/10 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, constituyen exámenes optativos a cargo del empleador cuyos objetivos son:
a) Determinar la aptitud del postulante para el desempeño de las nuevas actividades que se le requerirán desarrollar
b) Comprobar el estado de salud frente a los elementos de riesgo en que pudiere encontrarse el trabajador hasta el momento de producirse el cambio de actividad.

Nos encargamos de esto, que habitualmente queda desprotegida legalmente(la Empresa) por omitir este tipo de examenes.

4.- Centro de Capacitacion:

Contamos con profesionales altamente capacitados para proveer a su personal del entrenamiento necesario, para prevenir y afrontar diferentes situaciones.
Nuestros cursos son dictados “in company” por especialistas destacados en cada uno de los temas que se abordan, entre los cuales se encuentran:
Curso de Primeros Auxilios.
Resucitación Cardiopulmonar.
Uso del Desfirbilador externo automatico (DEA)
Traumatismos
Alimentacion saludable
Control del adulto sano
Adicciones en el ambito laboral: tabaquismo- alcohol- drogadiccion.
Actividad fisica en empleados. Pausa activa y office gym.
Cursos de promocion de la salud: hipertension arterial y diabetes.
Curso de manejo saludable del stress. Mindufullness.
Ergonomia

5.- Analisis de Ausentismo:


Nuestra gestion se basa en:
• Seguimiento de la evolución del ausentismo por enfermedad inculpable.

• Generación de informes mensuales de gestión con porcentajes de ausentismo, evolucion mensual y anual, tipos de patologias más frecuentes, enfermedades profesionales y accidentes entre otros datos que pudieran ser requeridos especificamente por la empresa que padece tasas elevadas de ausentismo, de manera de colaborar con la implementacion del plan de accion especifico.

6.- Consulta Medica:


Consultorio de Medicina Laboral

Toda intervención del servicio médico generará un Informe Médico para la historia clínica de la personal atendida y para la empresa.

– Se evalúa la capacidad laboral del paciente.

– Se determina la necesidad de reposo y/o limitación del grado de esfuerzo.

– Se impide que factores ajenos al estado de salud del paciente puedan ser motivo de licencia por enfermedad.

– Se indica el tratamiento y la orientación adecuados para el restablecimiento de la salud y la aptitud para trabajar.

– Se realizan las interconsultas y exámenes básicos de inmediato.

– Se sigue el control de la evolución del paciente hasta el alta médica y laboral definitiva.

Médicos de Planta

Confección, Control y Archivo de Historias Clínicas

Es necesario una Historia Clínica unificada por persona, donde se asientan todas las intervenciones realizadas, sean controles domiciliarios por ausentismo, consultas médicas, accidentes, etc.

Se registran además los exámenes radiológicos, de laboratorio, internaciones y todo otro antecedente, que la transforman en el medio idóneo de prueba más eficiente para todos los fines médico legales y de decisión que la empresa requiera.

El Servicio Médico y de Enfermería de Planta, debe constar de la cantidad de médicos y paramédicos que se requiera de acuerdo a la cantidad de personal, y será dimensionado según las conveniencias operativas y de costo para la empresa.

Según la cantidad de empleados de cada Planta y su tipo de actividad el Decreto N°1338/96 establece escalas de cantidad de horas de profesionales médicos y auxiliares mínimas y obligatorias.

7.-Asesoria Medico Legal (especifica)

Las alternativas actuales de relación laboral en sus distintas facetas plantean la necesidad de una mayor cobertura al respecto, ya que sus implicancias jurídico económicas han adquirido una dimensión tal que requieren de la supervisión que sólo una alta especialización en el tema puede brindar.

La actividad profesional debe brindar el marco legal que respalde y valide jurídicamente la operatoria de la empresa, evitando el costo de litigios con el aval de un servicio jurídico propio y permanente.

Este departamento debe estar en condiciones de asesorar además en el área de los seguros de personal, con evaluaciones permanentes de costos y perfil de riesgo de las compañías aseguradoras contratadas.

Las prestaciones ofrecidas en el área legal cubren de esta manera aspectos tan variados como los siguientes:
Medicina legal.
– Pericias y Juntas Médicas.
– Presentaciones legales ante Organismos públicos.
– Demandas laborales.
– Estudio integral de accidentes o enfermedades profesionales

8. Análisis y Diseño de Sistemas Integrados de Salud para Empresas

El diseño del Sistema Operativo óptimo para la Empresa o Grupo Empresario parte desde una metodología de estudio que ya ha sido implementada con probado éxito en distintas compañías y que básicamente consiste en:

A. Diagnóstico del funcionamiento de la organización del Sistema de Salud actual de la Empresa

B. Fijación de los objetivos a cumplir por el nuevo sistema a implementar de común acuerdo con la política de la empresa en materia presupuestaria y operativa.

C. Diseño del Sistema Médico Operativo definiendo:

– Contratación de los profesionales requeridos y organización de los consultorios de planta.

– Establecimiento de la Red de Prestadores propios para atender todas las necesidades médicas requeridas.

– Efectivizar los contratos y fijar los valores a pagar para las prestaciones contratadas.

– Especificar los informes a recibir de cada área geográfica cubierta por el Sistema (estadísiticas de paro, horas caídas)

D. Desarrollo de un sistema de información vía Internet para el control de gestión al instante de la operatividad del tema salud en la empresa.
médicos de planta, y la contratación de prestadores en zonas alejadas o dispersas en el territorio nacional para atender personal propio o de terceros.

A partir del relevamiento de la situación y de los requerimientos de la Empresa o Grupo Empresario, se define la organización integral del Sistema de Salud más adecuado, para resolver toda la problemática que pueda presentarse en el ámbito de la medicina laboral. Dicha organización especificará el total funcionamiento del Servicio de Salud gerenciado en sus distintos aspectos:

– Los consultorios de planta

– Los exámenes de salud del personal

– La solución de la emergencia y la enfermedad

– La atención y control domiciliario y en planta

– La cobertura legal de la empresa

– La Red de Prestadores propia para una cobertura médica integral en todo lugar del territorio nacional que se necesite

– El sistema de información que permite disponer de los datos reales al instante de ausentismo, accidentes, horas caídas, estadísticas de paro, y control presupuestario del sistema

– Relevamiento permanente de las condiciones de riesgo, asesoramiento sobre las medidas preventivas o correctivas a tomar

– Análisis de los accidentes de trabajo, investigación de sus causas, medidas preventivas, y presentación de informes que permitan acotar la frecuencia y costos siniestral
RESOLUCION 905/15

El decreto 1338/96 estableció, hace casi veinte años, la obligación de las empresas de contar con dos servicios: a) un Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo y b) un Servicio de Medicina del Trabajo. Su implementación, sin embargo, se ha demorado desde entonces y no ha habido una reglamentación que explicara en detalle cómo debían implementarse, cuáles deberían ser sus funciones y cómo sería su funcionamiento.

Es por ello que la Resolución 905/15 de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo viene a cubrir un vacío legal, regulando las funciones individuales y conjuntas de ambos servicios y fijando su funcionamiento y mecanismos de control. Aunque la resolución no podrá ser implementada hasta que la SRT diseñe y ponga en funcionamiento un sistema informático especial, te adelantamos los principales efectos que esta resolución tendrá en la gestión de Recursos Humanos de las empresas.
Qué es lo que crea la R 905/15?

La resolución crea un Registro Digital Único de Legajos de Salud, un sistema centralizado que reunirá la información sobre la salud de cada trabajador provista simultáneamente por las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y los Servicios de Medicina del Trabajo. Funcionará como una historia clínica única de la salud laboral de cada empleado y estará a disposición exclusiva de la SRT y de los propios empleados.
También establece la obligatoriedad, para los Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo y para los Servicios de Medicina del Trabajo, de registrar quiénes son las personas encargadas de ellos y qué acciones han desarrollado en esa función. La implementación de esta acción, sin embargo, depende de un sistema informático que aún no se ha puesto en funcionamiento.

¿Qué es lo que regula la R 905/15 en cuanto a Medicina del Trabajo:

La resolución establece, además, las funciones concretas que estos servicios deberán cumplir. Aquí te presentamos las más importantes:
El Servicio de Medicina del Trabajo deberá:
– Elaborar un programa de medicina del trabajo que forme parte del programa anual de prevención de riesgos de trabajo.
– Redactar un manual de procedimientos médicos.
– Diseñar los exámenes médicos preocupacionales según la tarea y aptitudes requeridas por el puesto de trabajo.
– Orientarse hacia una atención integral de la salud.