Comisión de Certificación – ADEA 2016
A partir de la publicación de las Res. MTEySSN° 295/03; Res.SRT N° 886/15 Res. SRT N° 3345/15.
Surge la necesidad de implementar un Programa de Ergonomía Integrado y aplicar protocolos para evaluación de la carga física de trabajo. Considerando que en la normativa vigente no detalla los requerimientos de formación específica necesarios del Profesional con conocimiento en Ergonomía, se decide explicitar cuáles son las condiciones mínimas que debe cumplir dicho profesional quien a todo efecto no sustituye la figura del Ergónomo el cual será certificado de acuerdo al proceso de certificación y recertificación de esta Asociación.
Reza en la introducción de la Res. 886/2015:
“Que por lo antedicho se hace necesaria la unificación de criterios entre los profesionales intervinientes para la prevención de estas enfermedades, desde una metodología de abordaje de origen multicausal.
Que en este sentido, se hace necesario el uso de protocolos estandarizados, para facilitar la prevención de las condiciones y medio ambiente del puesto de trabajo.
Que la evaluación de los factores de riesgo, la identificación de las medidas correctivas y preventivas y el estudio ergonómico, deberán ser realizados por un profesional con conocimientos en ergonomía.”
En la misma resolución a continuación de los protocolos se menciona lo siguiente, haciendo referencia a la aplicación de los métodos de evaluación:
“Entiéndase por profesional con conocimiento en ergonomía, a un profesional experimentado y debidamente capacitado que certifique su conocimiento en materia ergonómica”.
A tales efectos se propone generar un Registro Único de profesionales con conocimiento en Ergonomía (ReunE) de ADEA.
Se plantean dos escenarios posibles: uno anterior a la Res. SRT N° 886/15 y otro posterior a la misma.
Etapas
1er etapa:
Para acceder al registro, los profesionales deben acreditar ante la “Comisión de Certificación” de ADEA los siguientes requisitos según los dos escenarios descritos:
A) PROFESIONALES CON FORMACIÓN ANTERIOR A LA ENTRADA EN
VIGENCIA DE LA SRT N° 886/15 (24 de abril del 2017)
Para acceder a dicho registro, se requiere poseer título de grado, Cursos de formación en Ergonomía y Experiencia. Los profesionales deben acreditar ante la “Comisión de Certificación” de ADEA los siguientes comprobantes:
1.- Formación de Grado.
Título de grado. (fotocopia de título autenticado, reverso y anverso)
2.- Formación de Posgrado: Cursos de formación en ergonomía.
Diploma de curso/s en Ergonomía y programa de estudios (Fotocopia de ambos)
El ó los cursos de formación en Ergonomía realizados, deben incluir contenidos en las
siguientes áreas temáticas:
- Biomecánica y fisiología del trabajo
- Medioambiente físico del trabajo
- Metodología
- Ergonomía de puesto de trabajo
- Práctica ergonómica
- Herramientas de evaluación ergonómicas
Evaluación individual de cada área y trabajo final integrador
3.- Experiencia previa y actual comprobable.
Se requiere experiencia en el análisis de puestos de trabajo industriales comprobable.
Nota: La Comisión de Certificación evaluará cada caso particular.
B) PROFESIONALES CON FORMACIÓN POSTERIOR A LA ENTRADA EN
VIGENCIA DE LA RES. 886/15 (24 de abril del 2017)
Para acceder a dicho registro, los profesionales deben acreditar ante la “Comisión de Certificación” de ADEA los siguientes comprobantes:
1.- Formación de grado.
Título de grado.(fotocopia de título, autenticado, reverso y anverso)
2.- Formación de Posgrado: Cursos de formación en Ergonomía.
Se requiere contar con un curso con evaluación, emitido por una Institución educativa
reconocida (certificado de asistencia y de aprobación). Dentro de la currícula de
estudio debe aparecer una carga horaria mínima de 30 horas destinadas al trabajo de
campo.
El curso debe contener las siguientes asignaturas y una carga horaria mínima estipulada en créditos
Asignatura | Horas | Créditos |
Introducción a la ergonomía (análisis tme) | 15hs | 1 |
Fisiología del trabajo | 30hs | 2 |
Biomecánica | 30hs | 2 |
Metodología ergonómica | 15hs | 1 |
Higiene y seguridad | 30hs | 2 |
Ergonomía de producto | 15hs | 1 |
Ergonomía de puesto de trabajo | 15 hs | 1 |
Ergonomía en las organizaciones, | 15 hs | 1 |
Práctica ergonómica | 60hs (30 en terreno 30 en áulica) | 4 |
Legislación argentina referida a ergonomía | 15 hs | 1 |
Herramientas de evaluación | 30 | 2 |
Introducción a la gestión y datos estadísticos aplicados en ergonomía | 30 | 2 |
Evaluación final integradora o Trabajo final integrador APROBADOS |
Aclaración: 1 crédito equivale a 15 horas mínimas.
TOTAL 21 CREDITOS MINIMOS. TOTAL 300 HS MINIMAS.
3.- Experiencia previa y actual comprobable.
Se requiere experiencia en intervenciones y/o evaluaciones ergonómicas de Puestos de trabajo comprobable.
Texto realizado por COMISIÓN DE CERTIFICACIÓN de la ADEA (Asociación de Ergonomía Argentina), Agosto 2016.
REGISTRO UNICO DE PROFESIONALES CON CONOCIMIENTO EN EGONOMÍA – ADEA
REGISTRO UNICO DE PROFESIONALES CON CONOCIMIENTO EN EGONOMÍA – ADEA
Prueba
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